La globalización e internacionalización empresarial, la apertura de los mercados y las transacciones globales generan un ambiente propicio para que algunas sociedades, aprovechándose de la responsabilidad limitada que les otorga la personalidad jurídica, realicen prácticas fraudulentas con el objetivo de obtener algún provecho económico. Ante ello, surge la figura del “levantamiento del velo societario” que se configura como un remedio para evitar dichos actos ilícitos.
En primer lugar, debemos de diferenciar entre persona natural (persona física) y persona jurídica. Por persona natural se entiende a todo individuo o ser humano que es capaz de realizar cualquier actividad económica a título personal (por sí misma); en cambio, una persona jurídica está conformada por una o más personas que ejercen derechos y obligaciones como entidad (empresa).
¿Qué es el velo societario?
Mientras que, por una parte, la persona natural debe asumir a título personal todas sus obligaciones, esto quiere decir que frente a algún compromiso de pago quien asume la responsabilidad es la persona misma con todos sus bienes propios. Por otro parte, la persona jurídica posee responsabilidad limitada; por tanto, ante cualquier tipo de deuda, la empresa es quien asume dicho compromiso de pago con su propio patrimonio; es decir, el capital personal de quienes conforman la empresa de ninguna manera estará en riesgo, ya que está protegido por un “velo societario”.
¿Cuándo se realiza el levantamiento del velo societario?
El levantamiento del velo societario es un remedio que se utiliza en casos haya una utilización indebida, abusiva o fraudulenta de las personas jurídicas, con el objetivo de obtener un aprovechamiento económico, ocultar situaciones ilícitas o causar daños a terceros.
Entonces, frente a situaciones en donde se identifique casos de fraude a la ley, abuso de derecho y perjuicio a terceros, el juez podrá accionar “levantando el velo societario”; es decir, despojando a las personas jurídicas del escudo formal que tienen con el propósito de examinar los reales intereses de los individuos que conforman dicha entidad (empresa) y llegar a la verdad de los hechos, de modo que, si así lo amerita el caso, se imponga la responsabilidad a sus accionistas por los daños y perjuicios que causaron a través de sus actos ilícitos y fraudulentos.
Cabe aclarar que la doctrina del levantamiento del velo societario es una medida de carácter excepcional, ya que hay otros mecanismos menos gravosos; en otras palabras, es una herramienta de ultima ratio. Asimismo, su aplicación puede darse en diversos ámbitos del derecho: tributario, arbitral, laboral, etc.
En conclusión, la doctrina del levantamiento del velo societario actúa como un remedio jurídico frente a situaciones o casos que evidencien la existencia de actos abusivos y fraudulentos realizados por los miembros de una sociedad a fin de eludir determinadas obligaciones y con el fin que dichos miembros respondan por tales actos.
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